Tipos de estructuras legales de empresas en Argentina
Antes de iniciar cualquier negocio en Argentina, una de las cosas que se deben tener claras es el tipo y el plan de desarrollo que se quieren llevar a cabo. Partiendo de ahí, tendrás la base necesaria para decidir qué tipo de entidad legal en Argentina te puede dar la estructura de gobierno adecuada para tu empresa.
La Ley de Sociedades de Argentina ofrece a los emprendedores diferentes tipos de entidades legales a la hora de constituir sus empresas, cada una con características particulares.
Los tipos más comunes de personas jurídicas en Argentina son:
Sociedad anónima (SA)
El principal requisito en este tipo de empresas es que debe de haber dos accionistas máximos. Los cuales pueden ser personas físicas o jurídicas y suscribir una parte relevante del capital.
A la hora de constituirse, el capital mínimo requerido será de ARS$100.000 pesos argentinos, el cual podrá suscribirse al menos el 25% del mismo al momento de la constitución de la sociedad. El resto, deberá integrarse en un plazo de dos años desde esa fecha. Este capital deberá estar dividido en acciones. Que podrán ser de diferentes tipos pero siempre de libre transmisión. Además, las S.A. podrán hacer oferta pública de estas acciones.
La dirección y gobierno de este tipo de sociedades será llevada a cabo por los propietarios de estas acciones. Los cuales deberán unirse al menos una vez al año para la aprobación de cuentas, renovación de consejo, etc…
Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)
Estas sociedades requieren entre 2 y 50 socios para constituirlas. No hace falta capital mínimo ya que se entiende que este capital debe ir de acuerdo a la actividad a realizar por las empresas. Pero sea cual sea, se ha de dividir en cuotas de igual valor. Siempre de ARS$10 o múltiplos de ARS$10 y deben estar inscritas en los libros de la sociedad y en el Registro Público de Comercio. Estas cuotas no podrán cederse a menos que se apruebe por el resto de socios ni se podrá realizar oferta pública en el mercado.
A diferencia de las SA, las SRL no tienen obligación de reunirse anualmente y sus gerentes o consejeros pueden ser designados de manera indefinida.
Sociedad por acciones simplificada (SAS)
Es un nuevo tipo de sociedad para las empresas que se constituye de una manera más fácil que una sociedad anónima. La pueden formar una o varias personas humanas o jurídicas. En las SAS, la responsabilidad de los socios y socias está limitada a sus acciones.
Se constituye por instrumento público o privado. Si se hace por instrumento privado debe tener las firmas certificadas por un juzgado, escribanía, banco u otra autoridad competente del registro público que corresponda. Se puede constituir por medios digitales con firma digital. Luego, el instrumento de constitución debe ser enviado al Registro Público para su inscripción.
A la hora de constituirse, el capital mínimo requerido será el equivalente a la suma a dos veces el salario mínimo vital y móvil (actualmente ARS$8.860) y podrá ser integrado en un 25% al momento de su formación. El resto, deberá integrarse en un plazo de dos años desde esa fecha.
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